Estimados usuarios de GlobaLex,
Les informamos los nuevos montos a cancelar correspondientes al impuesto de personas jurídicas para el año 2025, que cobra el Ministerio de Hacienda a partir del 1° de enero.
Los obligados cuentan con plazo hasta el 31 de enero para cumplir con este pago, sin intereses ni multas.
La ley de Impuesto a las Personas Jurídicas, Ley No. 9428, indica que la tarifa que anualmente deberán pagar las sociedades utilizará como referencia el salario base mensual que se establece en el artículo 2 de la Ley N.º 7337.
El Consejo Superior del Poder Judicial fijó dicho salario base en la suma de cuatrocientos sesenta y dos mil doscientos colones exactos (₡462.200.00) para el año 2025, el monto es el mismo que el de los últimos 5 años por lo que no varía el monto de cobro del Impuesto.
Por lo tanto, estos son los montos que deben pagar las sociedades mercantiles por concepto de impuesto a personas jurídicas para el año 2025:
Impuesto a sociedades no inscritas como contribuyentes del Impuesto sobre la Renta | 15% del salario base equivalente a ¢69,330 |
Impuesto a Personas Jurídicas inscritas en RUT por primera vez (En trámite de inscripción) | 15% salario base proporcional a la fecha de presentación |
Impuesto a Sociedades inscritas ante el RUT |
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Impuesto a Sociedades Contribuyentes del Régimen de Tributación Simplificada, o sociedades con ingresos en en cero o sin actividad | 25% del salario base equivalente a ¢115,550 |
Los montos podrá consultarlos en el módulo de cálculos en su sistema de GlobaLex, y podrá proceder a pagarlo mediante los servicios de "conectividad bancaria" que poseen las entidades financieras en sus páginas web, o en sus ventanillas, con solo indicar el número de cédula jurídica.
Muchas gracias y quedamos a completa disposición,
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